Serán partes dentro del proceso disciplinario: el disciplinado y su defensor y la Organización Nacional Antidopaje.
Será interviniente: la federación deportiva nacional o la división profesional de la que forme parte el deportista.
La Defensoría del Pueblo prestará sus servicios en favor de los deportistas acusados de infringir las normas antidopaje y que por sus condiciones económicas carezcan de recursos suficientes para proveer su defensa técnica, sin costo alguno para el procesado