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Article 32

Clases De Agencias

Decreto 722 de 2013 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Empleo, se conforma la red de operadores del Servicio Público de Empleo y se reglamenta la actividad de intermediación laboral.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Clases de agencias. Las agencias de gestión y colocación de empleo pueden ser

a)

Agencias privadas lucrativas de gestión y colocación de empleo: Personas jurídicas que tienen entre sus objetivos la prestación de servicios de colocación percibiendo una utilidad;

b)

Agencias privadas no lucrativas de gestión y colocación de empleo: Personas jurídicas que tienen entre sus objetivos la prestación de servicios de colocación sin percibir utilidades por dicha actividad.

c)

Agencias públicas de gestión y colocación de empleo: Entidades de derecho público que prestan servicios de colocación sin percibir utilidades por dicha actividad.

Parágrafo 1

Todas las agencias de gestión y colocación de empleo prestarán en forma gratuita los servicios básicos de colocación, de que trata el artículo 8° del presente decreto, al trabajador.

Parágrafo 2

Los otros servicios de que trata el artículo 9° del presente decreto, serán prestados con cargo al beneficiario, conforme a lo aprobado por el Ministerio del Trabajo en el correspondiente Reglamento de Prestación de Servicios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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