Los mencionados médicos practicarán todos los días por la mañana, a la hora que hayan fijado de acuerdo con el Jefe del Cuerpo, una visita médica a los individuos del Batallón, especialmente a los que se encuentren en las enfermerías y dispondrán que se envíen a la Casa de Salud de Marly o al establecimiento destinado al efecto, los que padezcan enfermedad grave y que por lo mismo no deban ser atendidos en la respectiva enfermería.
Article 18
Los Mencionados Médicos Practicarán Todos Los Días Por La Mañana, A La Hora Que Hayan Fijado De Acuerdo Con El Jefe Del Cuerpo, Una Visita Médica A Los Individuos Del Batallón, Especialmente A Los Que Se Encuentren En Las Enfermerías Y Dispondrán Que Se Envíen A La Casa De Salud De Marly O Al Establecimiento Destinado Al Efecto, Los Que Padezcan Enfermedad Grave Y Que Por Lo Mismo No Deban Ser Atendidos En La Respectiva Enfermería
Decreto 62 de 1908 · Por el cual se hacen dos nombramientos
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