JurídicoESEN

Article 1

None Reemplazase A Las Siguientes Entidades Y Asociaciones Patronales Y De Trabajadores En El Derecho De Postular Candidatos Para Magistrados De Los Tribunales Seccionales Del Trabajo

Decreto 475 de 1947 · por el cual se modifica el Decreto número 21, de 9 de enero del año en curso.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

none Reemplazase a las siguientes entidades y asociaciones patronales y de trabajadores en el derecho de postular candidatos para Magistrados de los Tribunales Seccionales del Trabajo. que les fue otorgado inicialmente por el Decreto Número 21, de 9 de enero del presente año, a saber

a)

En Bucaramanga. En lugar de 1a Compañía Colombiana de Tabaco, postulará candidato la Compañía de Cemento Diamante;

b)

En Cali. En lugar de la Federación Departamental de Trabajadores del Valle, postulará candidato la Sociedad de Empleados del Valle; y En lugar del Sindicato de Mineros del Valle, el Sindicato de Ebanistas y Carpinteros y Similares del Valle, y En lugar del Sindicato de Empleados y Obreros del Departamento, el Sindicato de Industrias de la Empresa "Mariano Ramos";

c)

En Cucuta. En lugar de la Federación' Nortesantándereana de Empleados, postulará candidato la Asociación de Empleados BancaríoiS de Norte de Santander; En lugar del Sindicato de Rayaría, en Cúcuta, postulará candidato el Sindicato Ferroviario;

d)

En Ibagué. En lugar de la Federación de Empleados de Ibagué, postulará candidato el Sindicato de Empleados del Departamento;

e)

En Manizales. En lugar de la Federación de Cafeteros, postulará candidato la Cámara de Comercio de Pereira ; En Jugar de la Sociedad de Agricultores, postulará candidato la Cámara de Comercio de Armenia;

f)

En Neiva. En lugar del Sindicato de Trabajadores de Carreteras Nacionales Zona de Neiva, postulará candidato el Sindicato de Empleados de Comunicaciones Eléctricas y Postales, del Huila y Comisaria del Caquetá;

g)

En Santa Marta. En lugar de la Cámara de Comercio de Ciénaga, postulará candidato la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 475 de 1947