De las condenas a que hubiere lugar en los procesos no laborales que se sigan o estén siguiendo contra la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia, responderá la Nación, la cual estará en la obligación de atender aquéllos una vez concluida la liquidación a que este Decreto se refiere.
Article 23
De Las Condenas A Que Hubiere Lugar En Los Procesos No Laborales Que Se Sigan O Estén Siguiendo Contra La Empresa Ferrocarriles Nacionales De Colombia, Responderá La Nación, La Cual Estará En La Obligación De Atender Aquéllos Una Vez Concluida La Liquidación A Que Este Decreto Se Refiere
Decreto 1586 de 1989 · Por el cual se ordena liquidar la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia, se adoptan normas para su liquidación y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.