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Article 39

Para Decidir Las Reclamaciones De Los Introductores Respecto Del Reconocimiento De Las Mercancías Y De La Liquidación De Los Derechos En Las Secciones De Encomiendas Postales Que Funcionas Bajo La Dirección De Las Administraciones De Hacienda Nacional, Habrá Un Jurado Compuesto Del Administrador, Que Lo Presidirá, Del Contador Y De Un Comerciante Nombrado Cada Dos Años Por La Respectiva Cámara De Comercio

Decreto 985 de 1925 · Por el cual se organiza el servicio de encomiendas del Exterior y la importación de mercancías por medio de recomendados

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01

Text of the article

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Para decidir las reclamaciones de los introductores respecto del reconocimiento de las mercancías y de la liquidación de los derechos en las Secciones de Encomiendas Postales que funcionas bajo la dirección de las Administraciones de Hacienda Nacional, habrá un Jurado compuesto del Administrador, que lo presidirá, del Contador y de un comerciante nombrado cada dos años por la respectiva Cámara de Comercio. Las decisiones de este Jurado son apelables para ante el Jurado de Aduanas que funciona en la capital de la República siguiendo el procedimiento establecido en el Código de Aduanas y disposiciones reglamentarias.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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