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Article 54

Ley 79 de 1988 · Por la cual se actualiza la legislación cooperativa

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1 ruling reviewed it
01

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Si del ejercicio resultaren excedentes, estos se aplicarán de la siguiente forma: Un veinte por ciento (20%) como mínimo para crear y mantener una reserva de protección de los aportes sociales; un veinte por ciento (20%) como mínimo para el Fondo de educación y un diez por ciento (10%) mínimo para un Fondo de solidaridad.

El remanente podrá aplicarse, en todo o parte, según lo determinen los estatutos o la asamblea general, en la siguiente forma:

1.

Destinándolo a la revalorización de aportes, teniendo en cuenta las alteraciones en su valor real.

2.

Destinándolo a servicios comunes y seguridad social.

3.

Retornándolo a los asociados en relación con el uso de los servicios o la participación en el trabajo.

4.

Destinándolo a un Fondo para amortización de aportes de los asociados.

02

Constitutional history

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  1. 2017
    C-466/17Constitutional reviewUPHELD
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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