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Article 12

Mientras Se Elaboran Las Nuevas Listas, De Acuerdo Con Las Disposiciones De Este Decreto Los Peritos Serán Escogidos De Las Listas Existentes En Cada Circuito Dando Aplicación A Las Normas Señaladas En Los Artículos Anteriores, En Cuanto Puedan Hacerse Efectivas

Decreto 788 de 1947 · Por el cual se reglamenta el sorteo de peritos de sucesiones y donaciones, y se determina el número de éstos en los Circuitos de la República

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01

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Mientras se elaboran las nuevas listas, de acuerdo con las disposiciones de este Decreto los peritos serán escogidos de las listas existentes en cada Circuito dando aplicación a las normas señaladas en los artículos anteriores, en cuanto puedan hacerse efectivas.

Parágrafo

Para los efectos del sorteo de peritos, mientras no empiecen a funcionar los nuevos Circuitos creados, los Municipios que hacen parte de ellos continuarán adscritos a los Circuitos de los cuales fueron segregados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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