Vigencia disminución Subsidio Familiar. Sanciones .Las disminuciones del subsidio familiar rigen a partir de la fecha en que se produzca el hecho que las determina. Los beneficiarios están en la obligación de dar el aviso correspondiente dentro de los sesenta (60) días siguientes a la ocurrencia del hecho. Si no lo hicieren, el Ministerio de Defensa o la Policía Nacional ordenarán, como sanción, el descuento de una suma igual al doble de lo percibido en exceso, previa investigación administrativa. Si el empleado es retirado de servicio antes de cumplir la obligación, el saldo que estuviere a su cargo le será descontado de las prestaciones sociales a que tuviere derecho.
Decreto 610 de 1977 →In force
Article 40
Vigencia Disminución Subsidio Familiar
Decreto 610 de 1977 · Por el cual se modifica el Estatuto de Personal Civil del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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