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Article 17

Quien Reciba Un Nombramiento En Propiedad De Un Cargo En La Jurisdicción Penal Militar Para Cuyo Ejercicio Se Exijan Determinados Requisitos Según El Código Penal Militar, Deberá Demostrar Que Los Reúne, Por Los Medios Probatorios Ordinarios, Con El Objeto De Obtener La Correspondiente Confirmación Y Tomar Posesión Del Mismo

Decreto 1562 de 1990 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2550 de 1988, Código Penal Militar.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Quien reciba un nombramiento en propiedad de un cargo en la Jurisdicción Penal Militar para cuyo ejercicio se exijan determinados requisitos según el Código Penal Militar, deberá demostrar que los reúne, por los medios probatorios ordinarios, con el objeto de obtener la correspondiente confirmación y tomar posesión del mismo. El término para la presentación de los respectivos documentos será de un mes contado a partir de la fecha en la que se le comunique la designación y para la posesión de diez (10) días desde la comunicación sobre confirmación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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