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Article 2.3.1.4.2.1

Modalidades

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

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01

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Modalidades. El servicio militar obligatorio podrá prestarse en el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y la Policía Nacional, en las siguientes formas y modalidades.

a)

Como soldado regular, de 18 a 24 meses;

b)

Como soldado bachiller, durante 12 meses;

c)

Como auxiliar de policía bachiller, durante 12 meses;

d)

Como soldado campesino, de 12 hasta 18 meses, la calidad de campesino la determinará el Comandante de la Unidad Táctica correspondiente.

Parágrafo

El servicio militar voluntario femenino, se sujetará a la disponibilidad de cupos, la que será determinada por los Comandantes de cada Fuerza.

(Decreto 2048 de 1993 artículo 8°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.3.1.4.2.1. Modalidades. El servicio militar obligatorio podrá prestarse en el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y la Policía Nacional, en las siguientes formas y modalidades.

a)

Como soldado regular, de 18 a 24 meses;

b)

Como soldado bachiller, durante 12 meses;

c)

Como auxiliar de policía bachiller, durante 12 meses;

d)

Como soldado campesino, de 12 hasta 18 meses, la calidad de campesino la determinará el Comandante de la Unidad Táctica correspondiente.

Parágrafo

El servicio militar voluntario femenino, se sujetará a la disponibilidad de cupos, la que será determinada por los Comandantes de cada Fuerza.

(Decreto 2048 de 1993 artículo 8°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

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