º. El Fondo Nacional de Inversiones tendrá una Junta Directiva compuesta por el Ministro de Hacienda o su delegado, quien la presidirá; el Ministro de Desarrollo Económico o su delegado; el Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado; el Gerente del Banco de la República o su delegado; el Gerente del Instituto de Fomento Industrial o su delegado y cuatro (4) representantes del sector privado que deben tener la calidad de contribuyentes al impuesto de renta y complementarios con derecho a suscribir Unidades del Fondo y dos de éllos, además, deberán ser profesionales con título universitario o administradores de empresa. Los cuatro tendrán suplentes personales y al menos dos (2) serán cambiados cada dos años. Los representantes del sector privado mencionados en el presente artículo serán postulados en sendas listas de diez (10) nombres cada una, que pasarán al Congreso de la República, ANDI (Asociación Nacional de Industriales); ACOPI (Asociación Colombiana de Pequeños Industriales); FENALCO (Federación Nacional de Comerciantes); CONFECAMARAS (Confederación de Cámaras de Comercio); C.T.C. (Confederación de Trabajadores de Colombia), y U.T.C. (Unión de Trabajadores de Colombia), para que las Comisiones Constitucionales Terceras de ambas Cámaras escojan y elijan cada una dos miembros principales y sus respectivos suplentes personales. Los Presidentes de las dos Comisiones coordinarán previamente la forma de hacer la elección, con el fin de asegurar que se utilicen todas las listas y no se repitan nombres.
Ley 15 de 1973 →In force
Article 17
Ley 15 de 1973 · Por la cual se crea el Fondo Nacional de Inversiones
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.