°. Los escrutinios se efectuarán el día hábil siguiente a la votación en el Despacho del Superintendente de Notariado y Registro, ante una comisión escrutadora integrada por el Viceministro de Promoción de la Justicia o su delegado, el Superintendente de Notariado y Registro o su delegado, un notario designado por la Unión Colegiada del Notariado Colombiano y un Delegado de la Procuraduría General de la Nación. Los resultados serán consignados en un acta, en la que se dejará constancia del escrutinio y se declarará la elección de los representantes principales y suplentes que hayan obtenido la mayor votación.
Article 8
Los Escrutinios Se Efectuarán El Día Hábil Siguiente A La Votación En El Despacho Del Superintendente De Notariado Y Registro, Ante Una Comisión Escrutadora Integrada Por El Viceministro De Promoción De La Justicia O Su Delegado, El Superintendente De Notariado Y Registro O Su Delegado, Un Notario Designado Por La Unión Colegiada Del Notariado Colombiano Y Un Delegado De La Procuraduría General De La Nación
Decreto 3050 de 2011 · por el cual se reglamenta la elección de los dos notarios que harán parte del Consejo Superior de la Carrera Notarial, previsto en el artículo 164 del Decreto-ley 960 de 1970 y se ordena una convocatoria.
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