JurídicoESEN

Article 4

Ley 107 de 1923 · Por la cual se hacen unas cesiones a los Municipios de Popayán y Antioquia y se autoriza al Gobernador del Departamento del Cauca para hacer una permuta

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Subvenciónase la construcción del acueducto de la ciudad de Chiquinquirá con la suma de veinte mil pesos ($ 20,000) anuales, por cinco años, que serán incluidos en la Ley de Apropiaciones de las próximas vigencias sucesivas. Esta suma será puesta anualmente a la disposición del Concejo Municipal de aquella ciudad, al que autorízasela, además, expresamente, para celebrar el contrato de empréstito necesario para la obra del acueducto y sus accesorios, o para contratar la construcción, dando como garantía específica tal apropiación anual. Dicho contrato requiere la aprobación del Gobierno Nacional, quien se la impartirá previo concepto favorable del Consejo de Estado sobre su legalidad.

En las mismas condiciones anteriores y por el mismo tiempo, subvencionase el acueducto de la ciudad de Marinilla, con la suma de cuatro mil pesos ($ 4,000) anuales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 107 de 1923