JurídicoESEN

Article 2

Ley 116 de 1959 · Por la cual se hacen unas apropiaciones para obras de Fomento Municipal y otras, se otorgan autorizaciones al Gobierno para abrir créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1960, y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Las cantidades respectivas, señaladas en el artículo anterior, serán entregadas para la ejecución de las obras ordenadas, según su destinación a los Institutos de Fomento Municipal y de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico, o a los Organismos Seccionales de esta índole, cuando se trata de obras de acueductos y alcantarillado o canalizaciones; construcciones, adiciones, montaje y obras en general de energía eléctrica, respectivamente; a los Síndicos o Tesoreros respectivos, cuando se trate de partidas para dotación y sostenimiento de hospitales, orfanatos, ancianitos y en general de Asistencia Pública y de establecimientos de educación privados; a los Directores de Salud Pública o de Higiene Departamental o Intendencia, cuando se trate de construcción de nuevos Hospitales o Puestos de Salud: a las Gobernaciones Departamentales, Intendencias o comisarías, cuando se trate de la construcción de Escuelas o Colegios oficiales y al Ministerio de Comunicaciones, los dineros destinados a construcción, adiciones, reparaciones y mejoras de nuevas líneas y Oficinas telegráficas, telefónicas y de Radiocomunicaciones.

Parágrafo

Los Departamentos, Intendencias y Comisarías no podrán en ningún caso variar o modificar la destinación de las partidas de inversiones autorizadas por la presente ley, invertirlas en un Municipio, Corregimiento o Inspección, distinto del indicado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 116 de 1959