° Tienen derecho al reconocimiento de dos años de servicio público quienes hayan editado una revista o un periódico, al menos durante un año continuo, siempre que el material sea exclusivamente pedagógico o didáctico, cualquiera que sea la especialidad y la publicación se haya sometido a las normas sobre circulación de impresos, que se indique el pie de imprenta y se hayan impreso no menos de quinientos ejemplares cada vez.
Article 5
Tienen Derecho Al Reconocimiento De Dos Años De Servicio Público Quienes Hayan Editado Una Revista O Un Periódico, Al Menos Durante Un Año Continuo, Siempre Que El Material Sea Exclusivamente Pedagógico O Didáctico, Cualquiera Que Sea La Especialidad Y La Publicación Se Haya Sometido A Las Normas Sobre Circulación De Impresos, Que Se Indique El Pie De Imprenta Y Se Hayan Impreso No Menos De Quinientos Ejemplares Cada Vez
Decreto 753 de 1974 · Por el cual se reglamenta el inciso segundo del artículo 13 de la Ley 50 de 1886
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Constitutional history
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