JurídicoESEN

Article 2.4.1.1.7.10

Derogado

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.4.1.1.7.10. Restauración de Idoneidad. La idoneidad otorgada por las Licencias de Navegación expedidas en virtud del Convenio, prescribirá si dentro de dicho período de validez el titular ha navegado menos de un (1) año desempeñando el cargo para el cual lo acredita la licencia que posee. Para restaurar dicha idoneidad el titular podrá:

1.

Desempeñarse en el cargo inmediatamente inferior un mínimo de seis (6) meses a satisfacción del Capitán o del Maquinista Jefe, según la especialidad.

2.

Aprobar un curso de refresco, correspondiente al grado de la licencia que posee; o

3.

Aprobar exámenes especiales de comprobación, según programa que determine la Autoridad Marítima.

Mientras no se constituyen los cursos de refresco correspondientes, el interesado podrá escoger entre los dos recursos restantes (1 y 3).

Para las demás licencias de navegación, la facultad prescribirá al vencerse dos períodos consecutivos de su validez sin satisfacer el requisito de un (1) mínimo de embarco en la categoría respectiva.

(Decreto 1597 de 1988 artículo 96)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1070 de 2015