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Article 3

Los Asesores Permanentes, Cumplirán En Relación Con La Junta Directiva Del Fondo De Promoción De Exportaciones -Proexpo-, Las Siguientes Funciones: A) Elaborar Documentos Que Contengan Los Informes, Análisis Y Recomendaciones Sobre Asuntos Relacionados Con La Política De Comercio Exterior Y La De Promoción De Exportaciones, Sobre Los Cuales Deba Decidir Este Órgano; B) Elaborar Concepto Sobre Documentos De Índole Similar Que Proviniendo De Otras Fuentes Sean Sometidos A La Consideración De La Junta Directiva Del Fondo De Promoción De Exportaciones-Proexpo-; C) Formular Recomendaciones Sobre Las Gestiones De Mercadeo Y Promoción Que Deban Adelantar Las Misiones Comerciales Del País En El Exterior, Con Miras A Aumentar La Competitividad Y La Participación De Productos Colombianos En El Comercio Internacional

Decreto 1078 de 1989 · por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 59 de la Ley 81 de 1988.

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01

Text of the article

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°. Los Asesores Permanentes, cumplirán en relación con la Junta Directiva del Fondo de Promoción de Exportaciones -Proexpo-, las siguientes funciones

a)

Elaborar documentos que contengan los informes, análisis y recomendaciones sobre asuntos relacionados con la Política de Comercio Exterior y la de Promoción de Exportaciones, sobre los cuales deba decidir este órgano;

b)

Elaborar concepto sobre documentos de índole similar que proviniendo de otras fuentes sean sometidos a la consideración de la Junta Directiva del Fondo de Promoción de Exportaciones-Proexpo-;

c)

Formular recomendaciones sobre las gestiones de mercadeo y promoción que deban adelantar las misiones comerciales del país en el exterior, con miras a aumentar la competitividad y la participación de productos colombianos en el Comercio Internacional.

02

Constitutional history

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