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Article 40

Funciones

Decreto 2145 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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01

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ARTICULO 40. Funciones. - Las Direcciones Regionales del Ministerio, tendrán las siguientes funciones

1.

Atender los asuntos relacionados con las áreas de empleo, trabajo, seguridad social e inspección y vigilancia, de acuerdo con las normas vigentes;

2.

Desarrollar, controlar, evaluar y ejecutar las políticas, planes y programas en las áreas de trabajo, seguridad social, empleo e inspección y vigilancia, en coordinación con las direcciones generales;

3.

Coordinar con los organismos planificadores del orden departamental, municipal o regional, la adopción de planes, programas y proyectos de empleo, trabajo y seguridad social;

4.

Orientar, ejecutar y controlar el cumplimiento de las funciones administrativas que requiera la Regional para su funcionamiento;

5.

Participar, en nombre del Ministerio, con las autoridades departamentales, municipales y regionales en todo lo relacionado con el empleo, el trabajo y la seguridad social;

6.

Desarrollar y coordinar las funciones atinentes al manejo de la información, los sistemas y la estadística;

7.

Desarrollar y coordinar los programas de divulgación y capacitación que adelante el Ministerio en su jurisdicción;

8.

Desarrollar y participar en la elaboración de estudios e investigaciones en las áreas de su competencia;

9.

Prestar la colaboración requerida por la Oficina Jurídica, en los procesos judiciales en que sea parte la Nación - Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, conforme a las instrucciones que, para el efecto, imparta dicha dependencia;

10.

Presentar a consideración de su superior inmediato, en el mes de diciembre de cada año, una evaluación relacionada con el cumplimiento de los objetivos propuestos y un programa anual de actividades a desarrollar por el área de su competencia, en el año inmediatamente siguiente, y

11.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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