°. Las cesantías de los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina legal y Ciencias Forenses, podrán ser administradas por las Sociedades cuya creación se autorizó por la Ley 50 de 1990, o por los Fondos Públicos que su Junta Directiva señale. La Junta Directiva establecerá las condiciones y requisitos para ello, en los cuales indicará que los recursos sean girados directamente a dichas sociedades o fondos.
Article 6
Las Cesantías De Los Servidores Públicos Del Instituto Nacional De Medicina Legal Y Ciencias Forenses, Podrán Ser Administradas Por Las Sociedades Cuya Creación Se Autorizó Por La Ley 50 De 1990, O Por Los Fondos Públicos Que Su Junta Directiva Señale
Decreto 48 de 1998 · por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y se dictan otras disposiciones.
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