Créase Con Carácter Permanente El Comité Nacional De La Conferencia Mundial De La Energía, El Cual Estará Integrado Por Las Personas Que Se Determinan A Continuación: Señor Decano De La Facultad De Ingeniería, Señor Administrador General De Los Ferrocarriles Nacionales, Señor Gerente De Las Empresas Unidas De Energía Eléctrica, Señor Gerente Del Acueducto Municipal De Bogotá, Dos Representantes Del Ministerio De Industrias Y Trabajo Y Un Delegado De Cada Una De Las Siguientes Entidades: Ministerio De Obras Públicas, Ministerio De Agricultura Y Comerció, Contraloría General De La República, Secretaría De Obras Públicas De Cundinamarca, Sociedad Colombiana De Ingenieros, Sociedad De Agricultores De Colombia, Central Hidroeléctrica De Guadalupe (Medellín), Y Compañía Colombiana De Electricidad
Decreto 1767 de 1936 · Por el cual se crea el Comité Colombiano de la Conferencia Mundial de la Energía
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° Créase con carácter permanente el Comité Nacional de la Conferencia Mundial de la Energía, el cual estará integrado por las personas que se determinan a continuación: Señor Decano de la Facultad de Ingeniería, señor Administrador General de los Ferrocarriles Nacionales, señor Gerente de las Empresas Unidas de Energía Eléctrica, señor Gerente del Acueducto Municipal de Bogotá, dos representantes del Ministerio de Industrias y Trabajo y un delegado de cada una de las siguientes entidades: Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de Agricultura y Comerció, Contraloría General de la República, Secretaría de Obras Públicas de Cundinamarca, Sociedad Colombiana de Ingenieros, Sociedad de Agricultores de Colombia, Central Hidroeléctrica de Guadalupe (Medellín), y Compañía Colombiana de Electricidad.
Parágrafo
Los delegados de cada una de las entidades dichas serán designados por el respectivo Ministro o Jefe del ramo, o por sus directivas reglamentarias, procurando en todo caso escogerlos entre expertos idóneos en cuestiones hidráulicas, eléctricas, estadísticas, económicas y demás relacionadas con las materias propias de la Conferencia Mundial de la Energía. Es entendido que si el Gerente o Director de una empresa no considera conveniente o factible concurrir personalmente, puede, a su vez, hacerse representar por un delegado.
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Constitutional history
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