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Article 6

Despacho Del Secretario General

Decreto 1688 de 1997 · por el cual se suprimen y fusionan unas dependencias del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas.

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01

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º. Despacho del Secretario General . De conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto, las funciones del Despacho de la Secretaría General serán las siguientes

1.

Asesorar al Director en la formulación de la política y planes de acción del Departamento.

2.

Coordinar, bajo la dirección del Director del Departamento, y por conducto de las diferentes dependencias, la prestación de los servicios y la ejecución de los programas adoptados.

3.

Velar por el cumplimiento de las normas legales orgánicas del Departamento y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas.

4.

Orientar y dirigir la elaboración de informes que sobre el desarrollo de las políticas, planes y programas deban presentarse ante diferentes instancias.

5.

Coordinar la ejecución de las políticas, planes y programas de fomento, desarrollo, asistencia, educación, vigilancia, investigación y control que dentro de su sector deba desarrollar el Departamento.

6.

Proponer y fomentar el desarrollo de investigaciones y estudios sobre la participación e influencia del sector cooperativo y solidario en el contexto socio-económico del país.

7.

Coordinar la aplicación de los principios, normas y criterios definidos por el Departamento en la ejecución de sus funciones, en especial lo relacionado con las de inspección, control y vigilancia.

8.

Promover entre las instituciones públicas y privadas, así como con la comunidad en general, la divulgación de los principios, normas y organización de las sociedades cooperativas y solidarias.

9.

Fomentar las acciones de cooperación y asistencia técnica entre el Departamento y los organismos cooperativos, y entre éstos entre sí.

10.

Dirigir las acciones de monitoreo y seguimiento a los programas y actividades adelantadas por las federaciones, uniones, centrales y ligas cooperativas y por los organismos auxiliares del cooperativismo.

11.

Asistir a la Dirección en la determinación de políticas, estrategias y metas relacionadas con la administración de personal, la gestión financiera y administrativa del Departamento.

12.

Dirigir y coordinar la prestación de servicios administrativos comunes a todas las dependencias del Departamento.

13.

Orientar y coordinar el manejo presupuestal, contable y de tesorería del Departamento.

14.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

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