Plazo para el pago del precio y titularidad de los recursos obtenidos . El precio de venta de las acciones adjudicadas en desarrollo de la Primera Etapa se deberá pagar dentro del plazo que para el efecto se establezca en el respectivo reglamento de enajenación y adjudicación, o en el reglamento de la Bolsa de Valores de Colombia, en caso que la venta se efectúe por su conducto. Los recursos que se obtengan con ocasión de la venta de las acciones tanto en la Primera como en la Segunda Etapa, serán de propiedad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Decreto 690 de 2007 →In force
Article 11
Plazo Para El Pago Del Precio Y Titularidad De Los Recursos Obtenidos
Decreto 690 de 2007 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que la Nación- Ministerio de Hacienda y Crédito Público posee en la sociedad C.I. Promotora Bananera S.A. C.I. Proban S.A.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.