Autorizase a la Nación para que delegue en de los Municipio de San Pablo y San Lorenzo, del Departamento de Nariño, la construcción de edificios con destino a oficinas nacionales, los que se adelantarán de acuerdo con los planos y especificaciones que señale la Jefatura de Zona de los Edificios Nacionales de Pasto. Por consiguiente, las sumas destinadas para este objeto y que figuran en los artículos 2471 y 2472 del Presupuesto vigente, se girarán a los Tesoreros Municipales de dichos Municipios en cuanto tengan aprobadas sus respectivas fianzas.
Ley 34 de 1947 →In force
Article 18
Ley 34 de 1947 · Por la cual se abren unos créditos del Presupuesto vigente y se dictan otras disposiciones
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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