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Article 4

Ley 30 de 1931 · Por la cual se establece un impuesto de exportación sobre el banano y se dan unas autorizaciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Autorizase al Gobierno Nacional para celebrar contratos sobre el cultivo del plátano, destinado a la exportación, en los baldíos de los litorales del Pacifico y del Atlántico, y para adjudicar al contratista los terrenos a que se refiera cada contrato, pudiendo exceder los límites que sobre extensión señala el Código Fiscal. En los contratos que celebre el Gobierno, en virtud de esta autorización, se pactará expresamente que si el contratista no cultivare con plátano dentro de los diez años siguientes al perfeccionamiento del contrato, por lo menos la quinta parte del terreno que se le transfiera, caducará el contrato, y volverá a la Nación el dominio de dicho terreno.

Tales contratos sólo requerirán para su validez la aprobación del Presidente de la República, previo concepto favorable del Consejo de Ministros.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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