JurídicoESEN

Article 2

Remisión

Decreto 1080 de 1997 · por el cual se reglamenta el artículo 6° de la Ley 344 de 1996 sobre el trámite para la financiación de proyectos regionales de inversión por parte de la Comisión Nacional de Regalías.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Remisión. Una vez sean recibidos los proyectos, la Secretaría de la Comisión Nacional de Regalías deberá enviarlos, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, al Ministerio correspondiente para que emita concepto, según lo previsto en el artículo 6º de la Ley 344 de 1996. Para la remisión de los proyectos, la Secretaria tendrá en cuenta el campo de la actividad básica que se define en cada uno de ellos en relación con las funciones asignadas a los Ministerios. Si los proyectos contemplan distintas áreas que involucran a dos o más Ministerios, la Secretaría les solicitará la emisión de conceptos en forma conjunta, si fuere posible.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1080 de 1997