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Article 6

Puntos Adicionales En La Tarifa Del Impuesto Sobre La Renta Para El Sector Financiero

Decreto 1474 de 2025 · "Por el cual se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al Estado de Emergencia declarado por el Decreto 1390 de 2025"

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01

Text of the article

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Puntos adicionales en la tarifa del impuesto sobre la renta para el sector financiero. Por el año gravable 2026, los sujetos pasivos del impuesto sobre la renta y complementarios de que trata el

Parágrafo 2

del artículo 240 del Estatuto Tributario estarán obligados a liquidar quince (15) puntos adicionales al impuesto sobre la renta y complementarios por lo que la tarifa total será del cincuenta por ciento (50%). Los quince (15) puntos adicionales de que trata este artículo están sujetos a un anticipo del cien por ciento (100%) de su valor, calculado sobre la base gravable del impuesto sobre la renta y complementarios sobre la cual el contribuyente liquidó el impuesto sobre la renta y complementarios el año inmediatamente anterior. Este anticipo se pagará en dos cuotas iguales anuales de conformidad con lo previsto en el

Parágrafo 2

del artículo 1.6.1.13.2.11 yen el

Parágrafo 2

del artículo 1.6.1.13.2.12 del Decreto número 1625 de 2016. En consecuencia, la expresión " 2026" del

Parágrafo 2

del artículo 240 del Estatuto Tributario no será aplicable durante y respecto del año 2026.

02

Constitutional history

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