Autorízase a la Nación para incrementar el capital social de la Financiera Eléctrica Nacional, FEN, o de la entidad que la sustituya en la suma equivalente en pesos de hasta US$200.0 millones provenientes de operaciones de crédito externo que el Gobierno Nacional contrate o haya contratado con la banca multilateral y comercial.
Disposiciones generales.