°. Prohibición de iniciar nuevas actividades. La Empresa Territorial para la Salud, Etesa, en liquidación, no podrá iniciar nuevas actividades en desarrollo de su objeto social, y conservará su capacidad jurídica únicamente para expedir los actos y adelantar las acciones necesarias para su liquidación. En todo caso, la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, en liquidación, continuará con la administración de los contratos y actividades relacionadas con la administración del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar, de forma que no se vean afectados los recursos destinados a la prestación de servicios de salud, mientras tales contratos o actividades son cedidos, trasladados o asumidos por la DIAN, la Comisión de Regulación de Juegos de Suerte y Azar, la Superintendencia Nacional de Salud o por las entidades u organismos que señale el Gobierno Nacional, período que en ningún caso podrá ser superior a seis (6) meses, contados a partir de la vigencia de este decreto.
Decreto 175 de 2010 →In force
Article 3
Prohibición De Iniciar Nuevas Actividades
Decreto 175 de 2010 · por el cual se suprime la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, se ordena su liquidación y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.