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Article 12

Condiciones De Maduración

Decreto 574 de 2007 · por el cual se definen y adoptan las condiciones financieras y de solvencia del Sistema Unico de Habilitación de Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Entidades Adaptadas.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Condiciones de Maduración . Las inversiones de las reservas deberán cumplir con las siguientes condiciones de maduración

1.

La maduración promedio del portafolio de las inversiones de las reservas deberá ser como máximo de ocho meses.

2.

En los dos primeros años de aplicación del presente decreto, al menos el 30% del portafolio deberá tener una maduración promedio de máximo 1 mes.

3.

Para los dos siguientes años, al menos el 20% del portafolio deberá tener una maduración promedio de máximo 1 mes.

4.

A partir del quinto año, al menos el 10% del portafolio deberá tener una maduración promedio de máximo 1 mes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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