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Article 5

Al Capellán General, En Su Carácter De Jefe De La Sección De Culto, Le Corresponde: A) Elaborar Los Proyectos De Reglamento Referentes A La Organización Y Funcionamiento De Los Capellanes Y Del Servicio Religioso Del Ejército; B) Atender Al Despacho Diario De Los Asuntos Del Servicio Religioso; C) Preparar Las Órdenes Ministeriales, Providencias, Instrucciones Y Demás Asuntos Relativos Al Servicio Religioso; D) Nombrar Un Sustituto Para Los Casos De Ausencia Temporal; E) Autorizar A Los Sacerdotes Particulares Para Que Presten Temporalmente Servicios Religiosos En El Ejército De Acuerdo Con Los Comandos Respectivos; E) Proponer Al Ministerio Para Su Aprobación Los Profesores, Textos Y Programas De Religión En Los Establecimientos De Educación Militar; F) Presentar Al Ministerio De Guerra La Memoria Anual De Su Sección; G) Impartir Instrucciones De Carácter Espiritual; H) Visitar Las Guarniciones Cuando El Ministerio De Guerra Lo Estime Conveniente

Decreto 202 de 1926 · Por el cual se reglamenta el servicio religioso del Ejército

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01

Text of the article

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º. Al Capellán General, en su carácter de Jefe de la Sección de Culto, le corresponde

a)

Elaborar los proyectos de reglamento referentes a la organización y funcionamiento de los Capellanes y del servicio religioso del Ejército;

b)

Atender al despacho diario de los asuntos del servicio religioso;

c)

Preparar las órdenes ministeriales, providencias, instrucciones y demás asuntos relativos al servicio religioso;

d)

Nombrar un sustituto para los casos de ausencia temporal;

e)

Autorizar a los sacerdotes particulares para que presten temporalmente servicios religiosos en el Ejército de acuerdo con los Comandos respectivos; e) Proponer al Ministerio para su aprobación los profesores, textos y programas de religión en los establecimientos de educación militar;

f)

Presentar al Ministerio de Guerra la Memoria anual de su Sección;

g)

Impartir instrucciones de carácter espiritual;

h)

Visitar las guarniciones cuando el Ministerio de Guerra lo estime conveniente.

02

Constitutional history

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