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Article 43

La Sociedad Tendrá Un Revisor Fiscal, Conforme Lo Estipulado En La Ley 45 De 1923 Y La Ley 45 De L99o, Que Será Elegido Por La Asamblea General De Accionistas, Con Un Suplente Que Reemplazará Al Principal En Sus Faltas Ocasionales, Temporales O Absolutas

Decreto 2276 de 1991 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Banco de los Trabajadores.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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La sociedad tendrá un Revisor Fiscal, conforme lo estipulado en la Ley 45 de 1923 y la Ley 45 de l99O, que será elegido por la Asamblea General de Accionistas, con un suplente que reemplazará al principal en sus faltas ocasionales, temporales o absolutas. La elección será por un período igual al de la Junta Directiva, sin perjuicio de que la misma Asamblea pueda proceder a su remoción en cualquier tiempo; y su remuneración será fijada anualmente por la Asamblea, teniendo en cuenta las disposiciones legales aplicables. La Junta Directiva de la sociedad, a su vez, podrá designar un Auditor Externo, al cual se le aplicarán las incompatibilidades previstas en estos estatutos para la Revisoría Fiscal. Dicha designación podrá recaer sobre una persona jurídica.

02

Constitutional history

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