JurídicoESEN

Article 9

Los Notarios No Podrán Autorizar Ni Los Registradores De Instrumentos Públicos Registrar Escritura Alguna De Enajenación O Gravamen De Uno O Más De Los Lotes Pertenecientes A Aquellas Urbanizaciones, Parcelaciones O Barrios Respecto De Los Cuales No Se Hayan Cumplido Los Requisitos De Permiso De Funcionamiento De Que Trata La Ley 66 De 1968 Y De Previa Constitución De La Urbanización De La Urbanización Que Se Establece En Este Decreto Reglamentario

Decreto 1380 de 1972 · Por el cual se dictan unas medidas reglamentarias sobre inscripción de parcelaciones y urbanizaciones en el folio de matrícula inmobiliaria de que trata el Decreto-ley número 1250 de 1970, en desarrollo de lo dispuesto en los artículos 49 y 50 de dicha norma y en el artículo 5 de la Ley 66 de 1968

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

ARTICULO 9º. Los notarios no podrán autorizar ni los registradores de Instrumentos Públicos registrar escritura alguna de enajenación o gravamen de uno o más de los lotes pertenecientes a aquellas urbanizaciones, parcelaciones o barrios respecto de los cuales no se hayan cumplido los requisitos de permiso de funcionamiento de que trata la Ley 66 de 1968 y de previa constitución de la urbanización de la urbanización que se establece en este Decreto reglamentario. Las autoridades municipales no podrán expedir los certificados catastral ni de paz y salvo municipal de los predios sometidos a urbanización o parcelación que hayan cumplido los requisitos de que se trata en el artículo anterior.

Parágrafo

Corresponde a la Superintendencia Bancaria expedir las certificaciones que fueren precisas para la comprobación de determinado lote enajenado o gravado por los bancos o forma parte de una urbanización aprobada y debidamente registrada o inscrita en todos aquellos casos en que no fuere fácilmente dudable de los antecedentes escriturados por deficiencia en la titulación, permiso o registro, o por cualquiera otra causa.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1380 de 1972