º. Presupuesto para el Ministerio Público . En los presupuestos anuales se continuaran asignando las partidas que para su normal funcionamiento requiera el Ministerio Público. La Procuraduría General de la Nación, con arreglo a las disposiciones vigentes, decidirá sobre su utilización. Cuando el Ministerio Público solicite al Fondo la prestación de uno de los servicios a los que se refieren los ordinales a), c) y f) del artículo 2º., de este Decreto, no habrá lugar a la celebración de contrato entre estas entidades y su ejecución se efectuará con base en las demandas que la Procuraduría formule al Fondo, siempre que estén amparadas con las respectivas reservas presupuestales. El Gerente del Fondo señalará, por razones económicas, geográficas o de urgencia, que bienes puede adquirir directamente la Procuraduría, y que publicaciones, realizar por si misma o contratar con otras personas. El Instituto Nacional de Previsiones transferirá al Ministerio Público las sumas que tengan comprometidas y reservadas para el pago de arrendamientos de oficinas destinadas al Ministerio Público y este continuará cubriendo dichos valores y consiguiendo los inmuebles y oficinas que para su normal funcionamiento requiera.
Decreto 1208 de 1973 →In force
Article 5
Presupuesto Para El Ministerio Público
Decreto 1208 de 1973 · Por el cual se dictan normas sobre régimen de adquisiciones y suministros con destino a la Rama Jurisdiccional y el Ministerio Público y se reorganiza al Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.