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Article 277

Decreto 222 de 1983 · Por el cual se expiden normas sobre contratos de la Nación y sus entidades descentralizadas y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

De la solicitud de modificación del pliego de condiciones o de fraccionamiento de la licitación . Todo productor o proveedor nacional o su agente o representante, que considere que puede ofrecer bienes similares o que sirvan para los mismos fines que se proponen conseguir las entidades a que se refiere el presente estatuto, podrá solicitar al organismo que hubiere abierto una licitación, en escrito debidamente fundamentado y dentro de los cinco (5) días siguientes a la apertura de la misma, que se modifiquen las especificaciones técnicas con el objeto de que se le de oportunidad de participar en ella. Podrá, así mismo, solicitar que se permita el fraccionamiento de la licitación para presentar ofertas parciales. Dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento del término de que trata el inciso anterior, la entidad licitante, mediante acto debidamente motivado, deberá decidir e informar sobre las peticiones que se le formulen. Si la solicitud o solicitudes formuladas fueren aceptadas, habrá lugar a reforma de los pliegos de condiciones mediante adendos o a la apertura de nuevas o nuevas licitaciones. Si no se presentaren solicitudes de modificación o si las presentadas fueren negadas, se tendrán como definitivas las especificaciones originales y no habrá más oportunidad para solicitar su revisión. Contra el acto que niegue la solicitud de modificación no procederá recurso alguno por la vía gubernativa.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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