JurídicoESEN

Article 40

Requisitos Mínimos Para Los Procedimientos Individuales

Decreto 2154 de 1993 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 3ª de 1991.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Requisitos mínimos para los procedimientos individuales. Los hogares que se postulen al Subsidio a través del procedimiento individual, deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos

a)

Declararán que son hogares que legalmente pueden recibir el Subsidio Familiar de Vivienda, según lo previsto en los artículos 1, 2 y 3 del presente Decreto.

b)

Si el hogar se postula para aplicar el Subsidio a una solución de vivienda diferente de Mejoramiento de Vivienda y de Habilitación Legal de Títulos, sus miembros declararán no ser poseedores de solución de vivienda.

c)

Si el hogar se postula para aplicar el Subsidio a una solución de vivienda consistente en Mejoramiento de Vivienda o Habilitación Legal de Títulos, declarará que la solución se ajusta a la reglamentación legal vigente, en especial a los artículos 18 y 19 del presente Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2154 de 1993