JurídicoESEN

Article 411

Reconocimiento

Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Reconocimiento. El reconocimiento comprende la verificación de la unidad de carga, de la cantidad y estado de los bultos y de los dispositivos electrónicos de seguridad de la unidad de carga. Deberá realizarse en forma continua y concluirse a más tardar dentro de las doce (12) horas siguientes a la fecha en que se comisione el funcionario, salvo cuando requiera hacer reconocimiento e inventario de mercancías, en cuyo caso el término será hasta de veinticuatro (24) horas. Únicamente cuando la autoridad aduanera observe en la diligencia de reconocimiento que los bultos o las unidades de carga se encuentran en malas condiciones exteriores, o presentan diferencia de peso frente a lo consignado en el documento de transporte, se deberá efectuar el reconocimiento de la mercancía y se dejará constancia del resultado de la diligencia. El declarante deberá asistir y prestar la colaboración necesaria.

Parágrafo

El término de permanencia en el lugar de arribo previsto en el artículo 209 de este decreto se suspenderá desde la determinación de reconocimiento y hasta que finalice la diligencia con la autorización o no de la operación de cabotaje.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 390 de 2016