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Article 5

Para La Inscripción Del Soporte Lógico (Software) En El Registro Nacional Del Derecho De Autor, Deberá Diligenciarse Una Solicitud Por Escrito Que Contenga La Siguiente Información: 1

Decreto 1360 de 1989 · Por el cual se reglamenta la inscripción del soporte lógico (software) en el Registro Nacional del Derecho de Autor.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º Para la inscripción del soporte lógico (software) en el Registro Nacional del Derecho de Autor, deberá diligenciarse una solicitud por escrito que contenga la siguiente información

1.

Nombre, identificación y domicilio del solicitante, debiendo manifestar si habla a nombre propio o como representante de otra en cuyo caso deberá acompañar la prueba de su representación.

2.

Nombre e identificación del autor o autores.

3.

Nombre del productor.

4.

Título de la obra, año de creación, país de origen, breve descripción de sus funciones, y en general, cualquier otra característica que permita diferenciarla de otra obra de su misma naturaleza.

5.

Declaración acerca de si se trata de obra original o si por el contrario, es obra derivada.

6.

Declaración acerca de si la obra es individual, en colaboración, colectiva, anónima, seudónima o póstuma.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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