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Article 18

Destinación De Los Recursos

Ley 1176 de 2007 · por la cual se desarrollan los artículos 356 y 357 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los recursos de la asignación especial del Sistema General de Participaciones para alimentación escolar serán destinados a financiar las siguientes actividades, de acuerdo con los lineamientos técnico-administrativos establecidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar:

a)

Compra de alimentos;

b)

Contratación de personal para la preparación de alimentos;

c)

Transporte de alimentos;

d)

Menaje, dotación para la prestación del servicio de alimentación escolar y reposición de dotación;

e)

Aseo y combustible para la preparación de los alimentos;

f)

Contratación con terceros para la provisión del servicio de alimentación escolar.

Cuando la prestación del servicio de alimentación escolar sea realizada directamente por las entidades territoriales beneficiarias, como mínimo el 80% de los recursos de la asignación especial para Alimentación Escolar del SGP serán destinados a la compra de alimentos. Los recursos restantes se pueden utilizar para los demás conceptos descritos en los literales b), c), d) y e) del presente artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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