Ahorro en cesantías. El ahorro previo en esta modalidad implicará el compromiso por parte del interesado en ser beneficiario de un subsidio familiar de vivienda, de aplicar a la vivienda sus cesantías depositadas en fondos privados de cesantías o en el fondo nacional de ahorro, así como los aportes que en el futuro se depositen en su nombre, de acuerdo con el plan que defina al respecto, dentro de los montos y plazos establecidos en el artículo 20. La antigüedad de este ahorro para efectos de la calificación de las postulaciones se contará a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto.
Decreto 824 de 1999 →In force
Article 31
Decreto 824 de 1999 · por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 3a. de 1991 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero para áreas urbanas y la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las Cajas de Compensación Familiar
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.