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Article 1

°

Decreto 1954 de 2014 · por el cual se modifica el Decreto número 2555 de 2010 en relación con algunas disposiciones aplicables al Comité de Coordinación para el Seguimiento al Sistema Financiero.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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° . Modifícase el artículo 11.1.1.1.1 del Decreto número 2555 de 2010 el cual quedará así: “ Artículo 11.1.1.1.1. Conformación del Comité. El Comité de Coordinación para el Seguimiento al Sistema Financiero estará integrado por los siguientes funcionarios

a)

El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, quien lo presidirá;

b)

El Gerente General del Banco de la República o su delegado;

c)

El Superintendente Financiero de Colombia o su delegado;

d)

El Director del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafín), o su delegado. El Director de la Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera será un invitado permanente al Comité. Así mismo, a las reuniones del Comité podrán ser invitadas otras entidades u otros funcionarios que este considere conveniente para el cumplimiento de sus objetivos. Los delegados de las diferentes entidades deberán pertenecer al nivel directivo de las mismas”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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