La totalidad de los bienes que actualmente poseen el Instituto de Fomento tabacalero y el Instituto de Fomento Algodonero, lo mismo que los bienes aportados al Ministerio de Agricultura para las labores de fomento agropecuario y de conservación de recursos naturales serán aportados por el Gobierno Nacional antes del 31 de diciembre de 1968 a los organismos del Sector Agropecuario, de conformidad con el reglamento que se expida. Igualmente se distribuirán los productos de impuestos y tasas que actualmente perciben los mencionados organismos y se señalará a quien corresponda asumir los pasivos de tales Institutos.
Article 67
La Totalidad De Los Bienes Que Actualmente Poseen El Instituto De Fomento Tabacalero Y El Instituto De Fomento Algodonero, Lo Mismo Que Los Bienes Aportados Al Ministerio De Agricultura Para Las Labores De Fomento Agropecuario Y De Conservación De Recursos Naturales Serán Aportados Por El Gobierno Nacional Antes Del 31 De Diciembre De 1968 A Los Organismos Del Sector Agropecuario, De Conformidad Con El Reglamento Que Se Expida
Decreto 2420 de 1968 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario
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