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Article 42

Ley 2094 de 2021 · por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Adiciónese un nuevo artículo a la Ley 1952 de 2019 , el cual quedará así:

Artículo 225C. Término probatorio. Vencido el término para presentar descargos, así como para aportar y solicitar pruebas, el funcionario competente resolverá sobre las nulidades propuestas y ordenará la práctica de las pruebas que hubieren sido solicitadas de acuerdo con los criterios de conducencia, pertinencia y necesidad. Además, ordenará de oficio las que considere necesarias. Las pruebas ordenadas se practicarán en un término no mayor de noventa (90) días.

Las pruebas decretadas oportunamente y que no se hubieren practicado o aportado durante el período probatorio, se podrán evaluar en los siguientes casos:

1.

Cuando hubieran sido solicitadas por el disciplinable o su de¬fensor, sin que los mismos tuvieren responsabilidad alguna en su demora y fuere posible su obtención.

2.

Cuando a juicio del funcionario de conocimiento, constituyan elemento probatorio fundamental para la determinación o la au¬sencia de responsabilidad del investigado o el esclarecimiento de los hechos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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