Habrá lugar a reducir las penas de que tratan los artículos anteriores hasta la mitad, cuando se demuestre
Que el reo sufrió maltratos o abusos de autoridad por parte de los superiores, sin que a ello se hubiere puesto remedio a pesar de existir queja oportuna;
Que al reo se le negó licencia para visitar a sus padres, mujer o hijos, en caso de enfermedad grave debidamente comprobada;
Que el sindicado se presentó voluntariamente dentro de los ocho días siguientes a partir de la consumación del delito con él fin de cumplir su tiempo de servicio.