° A partir del 10 de marzo del año en curso, todos los sueldos y gastos diplomáticos y consulares, y los emolumentos consulares, así como los viáticos del Servicio Diplomático y Consular de la República se pagarán en dólares o con su equivalente en moneda legal al cambio corriente, siendo de cargo del Tesoro el valor de las primas de cambio correspondientes.
Article 1
A Partir Del 10 De Marzo Del Año En Curso, Todos Los Sueldos Y Gastos Diplomáticos Y Consulares, Y Los Emolumentos Consulares, Así Como Los Viáticos Del Servicio Diplomático Y Consular De La República Se Pagarán En Dólares O Con Su Equivalente En Moneda Legal Al Cambio Corriente, Siendo De Cargo Del Tesoro El Valor De Las Primas De Cambio Correspondientes
Decreto 142 de 1935 · POR EL CUAL SE UNIFICA EL SISTEMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS DIPLOMÁTICO Y CONSULAR Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN EL RAMO DE RELACIONES EXTERIORES
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