º. El Artículo 63 del Decreto Nº 2565 de 1968 quedará así: "Artículo 63, Estarán adscritos al Ministerio de Defensa Nacional los Establecimientos Públicos que a continuación se determinan: la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional; la Caja de Vivienda Militar, el Hospital Militar Central, el Fondo Rotatorio de la Policía Nacional y las Casas Fiscales del Ejército".
Article 1
El Artículo 63 Del Decreto Nº 2565 De 1968 Quedará Así: "artículo 63, Estarán Adscritos Al Ministerio De Defensa Nacional Los Establecimientos Públicos Que A Continuación Se Determinan: La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares, La Caja De Sueldos De Retiro De La Policía Nacional; La Caja De Vivienda Militar, El Hospital Militar Central, El Fondo Rotatorio De La Policía Nacional Y Las Casas Fiscales Del Ejército"
Decreto 3065 de 1968 · Por el cual se modifica el Decreto N° 2565 de 1968
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.