°. La certificación de calidad de la formación para el trabajo otorgada por un organismo de tercera parte acreditado por una entidad acreditadora reconocida por el Gobierno Nacional, a los programas de que trata el artículo 1° de este decreto, será equivalente al reconocimiento o autorización de que trata el artículo 15 del Decreto 933 de 2003 para obtener los beneficios del contrato de aprendizaje de que trata la Ley 789 de 2002. Para la obtención del beneficio la institución debe encontrarse a paz y salvo por todo concepto con el Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales al ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar.
Article 3
La Certificación De Calidad De La Formación Para El Trabajo Otorgada Por Un Organismo De Tercera Parte Acreditado Por Una Entidad Acreditadora Reconocida Por El Gobierno Nacional, A Los Programas De Que Trata El Artículo 1° De Este Decreto, Será Equivalente Al Reconocimiento O Autorización De Que Trata El Artículo 15 Del Decreto 933 De 2003 Para Obtener Los Beneficios Del Contrato De Aprendizaje De Que Trata La Ley 789 De 2002
Decreto 3756 de 2009 · por el cual se modifica el artículo 4° del Decreto 2020 de 2006 y se dictan otras disposiciones referentes a la certificación de calidad de la formación para el trabajo.
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