Resolución de las corporaciones. Los autos de sustanciación serán proferidos por el Magistrado ponente. Las demás resoluciones serán pronunciadas por las respectivas Salas de la Cor te, y en los Tribunales por la Sala de Decisión. Las decisiones se tom arán por mayoría absoluta de votos. En caso de empate, en la Corte Suprema de Justicia se sorterá Conjuez. El Magistrado di sidente, sea de la parte motiva o resolutiva, tiene la obligación de salvar su voto, dentro de los dos días siguientes a la firma de la resolución. Si el disidente fuere el ponente, la parte motiva de su proyecto constituirá el salvamento del voto.
Decreto 181 de 1981 →In force
Article 132
Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.