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Article 2.2.7.4.3

Pago De Las Contraprestaciones Al Fondo De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones

Decreto 1078 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Pago de las contraprestaciones al fondo de tecnologías de la información y las comunicaciones. Las sumas que resulten a deber de la liquidación que elaboren los concesionarios habilitados para la prestación del servicio de radiodifusión sonora de que trata este título, deben ser consignadas directamente a favor del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones dentro de los términos establecidos en este título, en las cuentas que para el efecto disponga el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Dichos recursos originados por el pago de las contraprestaciones ingresarán al presupuesto del citado Fondo.

(Decreto 4350 de 2009, artículo 13)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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