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Article 29

En Desarrollo De Su Objeto, El Fondo De Comunicaciones Destinará Sus Recursos A Los Siguientes Fines: A) La Compra, Mantenimiento Y Reparaciones Locativas, Arrendamiento Y Construcción De Inmuebles Para El Funcionamiento De Las Secciones De Evaluación Y Vigilancia De Servicios Y De Las Secciones De Administración Y Comprobación Técnica Del Espectro Radioeléctrico; B) La Adquisición, Mantenimiento Y Reparación De Equipos, Elementos Necesarios Para El Funcionamiento De Las Secciones De Evaluación Y Vigilancia De Servicios Y De Las Secciones De Administración Y Comprobación Técnica Del Espectro Radioeléctrico; C) El Pago De Viáticos Y Gastos De Viaje En La Cuantía En Que Lo Determinen Las Disposiciones Legales Vigentes Sobre La Materia, Por Concepto De Visitas Técnicas Y Administrativas A Los Operadores De Los Servicios De Telecomunicaciones Y Postales Que Deban Realizar Los Funcionarios Del Ministerio De Comunicaciones Y Por La Asistencia A Conferencias O Reuniones Nacionales E Internacionales Sobre Telecomunicaciones Y Asuntos Postales; D) El Pago De Cuotas Y Contribuciones A Los Organismos Internacionales De Telecomunicaciones Y Postales De Los Que Forma Parte Colombia; E) El Pago De Gastos Por Conceptos De Asesorías, Asistencia Técnica Y Estudios Que Requiera Contratar El Ministerio Para La Formulación Y Desarrollo De Programas Especiales Del Sector; F) El Pago De Honorarios Y Demás Gastos Que Ocasione El Funcionamiento De Consejos Y Demás Organismos Consultivos Del Ministerio De Comunicaciones

Decreto 1901 de 1990 · Por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Comunicaciones, se determina las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones

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En desarrollo de su objeto, el Fondo de Comunicaciones destinará sus recursos a los siguientes fines

a)

La compra, mantenimiento y reparaciones locativas, arrendamiento y construcción de inmuebles para el funcionamiento de las Secciones de Evaluación y Vigilancia de Servicios y de las Secciones de Administración y Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico;

b)

La adquisición, mantenimiento y reparación de equipos, elementos necesarios para el funcionamiento de las Secciones de Evaluación y Vigilancia de Servicios y de las Secciones de Administración y Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico;

c)

El pago de viáticos y gastos de viaje en la cuantía en que lo determinen las disposiciones legales vigentes sobre la materia, por concepto de visitas técnicas y administrativas a los operadores de los servicios de telecomunicaciones y postales que deban realizar los funcionarios del Ministerio de Comunicaciones y por la asistencia a conferencias o reuniones nacionales e internacionales sobre telecomunicaciones y asuntos postales;

d)

El pago de cuotas y contribuciones a los organismos internacionales de telecomunicaciones y postales de los que forma parte Colombia;

e)

El pago de gastos por conceptos de asesorías, asistencia técnica y estudios que requiera contratar el Ministerio para la formulación y desarrollo de programas especiales del sector;

f)

El pago de honorarios y demás gastos que ocasione el funcionamiento de Consejos y demás organismos consultivos del Ministerio de Comunicaciones.

02

Constitutional history

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